Representación hecha a don Carlos IV desde la cartuja de Mallorca - Jovellanos

Cuenta como el 13 de marzo por la mañana le arrestó el regente de la Audiencia de Asturias, y sin darle explicación alguna le llevaron a León, donde estuvo durante 10 días en un convento de franciscanos descalzos.
Llegan al puerto de Barcelona, donde le entregan al capitán general “y de su orden nuevamente recluso en el convento de Nuestra Señora de la Merced”. Llevándole definitivamente a Palma, es decir, desterrado de España.
Se queja de que le han humillado y dañado su honor, además de que no le han dado ninguna explicación de porqué.  No obstante lo que más le duele es haber perdido la gracia del rey.
“Acaso, Señor, para justificar tan rigorosos procedimientos se habrá creído que mis delitos y sus pruebas se hallarían en mis papeles, los cuales, tal vez con este solo fin, se ocuparon súbitamente y sin excepción alguna. Pero, Señor, si antes de esta ocupación no existían contra mí pruebas de ningún delito, ¿cómo es que por alguna aparente sospecha o por alguna delación calumniosa se ha tomado conmigo tan violenta y extraña providencia?”
“Y digo, Señor, que lo celebraría, porque ¿qué se hallará en mis papeles, sino una no interrumpida serie de testimonios que acrediten mi inocencia e integridad de mi vida, consagrada por espacio de treinta y cuatro años al servicio de V. M. y al bien común?”
“Así que, ruego humildemente a V. M. que, obrando según los principios de equidad y justicia inseparables de su piadoso corazón, se digne mandar: primero, que si algún delito se me hubiere imputado ante V. M., se me haga desde luego cargo de él, y se me oigan mis defensas según las leyes; segundo, que cualquiera juicio que contra mí se haya de instaurar, se instaure y siga, no ante comisionados o juntas particulares, sino ante algún tribunal públicamente reconocido, ora sea el

Consejo de Estado, de que soy miembro, ora el de Órdenes, como caballero profeso de la de Alcántara, ora ante el Consejo Real, que es el primer tribunal civil de la nación, ora, en fin, pues que se me ha trasladado a esta isla, ante el acuerdo de su real audiencia, pues en ellos o cualquiera otro estoy pronto a responder de mi conducta; tercero, que declarada que sea mi inocencia, de que estoy bien seguro, se digne V. M., no sólo reintegrarme en mi antiguo estado, sino también reparar íntegramente y en la forma que más fuere de su real agrado la nota y baldón que tantas violencias y atropellamientos cometidos en mi persona hayan podido causar en mi reputación y buen nombre. Así lo espero de la justicia y rectitud de V. M., por cuya vida y prosperidad quedo rogando fervorosamente al cielo.”

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